IRS proporciona ajustes de inflación tributaria para año tributario 2023

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IRS proporciona ajustes de inflación tributaria para año tributario 2023

Nuevo para el 2023

La Ley de Reducción de la Inflación aplazó ciertos alivios tributarios relacionados con la energía e indexó por inflación la deducción por edificios comerciales energéticamente eficientes a partir del año tributario 2023. Para el 2023, el valor en dólares aplicable usado para determinar la concesión máxima de la deducción es de $0.54, un aumento (pero no por encima de 1.07 dólares) de $0.02 por cada punto porcentual por el cual se certifique que los costos anuales totales de energía para el edificio se reduzcan en un porcentaje superior al 25 por ciento. El valor en dólares aplicable usado para determinar el monto de la deducción aumentada para cierta propiedad es $2.68 aumentado (pero no más de $5.36) en $0.11 por cada punto porcentual por el cual se certifica que los costos anuales totales de energía para el edificio se reduzcan en un porcentaje mayor del 25 por ciento.

Aspectos destacados de los cambios en el Procedimiento Tributario 2022-38:

Los ajustes del año tributario 2023 descritos a continuación generalmente se usan en las declaraciones de impuestos presentadas en el año 2024.

Los elementos tributarios para el año 2023 de mayor interés para la mayoría de los contribuyentes incluyen los siguientes montos en dólares:

  • La deducción estándar para los contribuyentes casados que presentan en conjunto aumenta a $27,700 para el año tributario 2023, $1,800 más del año anterior. Para los contribuyentes solteros y las personas casadas que presentan una declaración por separado, la deducción estándar aumenta a $13,850 en 2023, $900 más, y para el estado civil tributario de jefe de familia, la deducción estándar será de $20,800 para el año tributario 2023, $1,400 más que la cantidad para el año tributario 2022.
  • Tarifas marginales: Para el año tributario 2023, la tasa tributaria máxima sigue siendo 37% para contribuyentes individuales solteros con ingresos superiores a $578,125 ($693,750 para parejas casadas que presentan una declaración conjunta). Las otras tarifas son:35% para ingresos superiores a $231,250 ($462,500 para parejas casadas que presentan una declaración conjunta);
    32% para ingresos superiores a $182,100 ($364,200 para parejas casadas que presentan una declaración conjunta);
    24% para ingresos superiores a $95,375 ($190,750 para parejas casadas que presentan una declaración conjunta);
    22% para ingresos superiores a $44,725 ($89,450 para parejas casadas que presentan una declaración conjunta);
    12% para ingresos superiores a $11,000 ($22,000 para parejas casadas que presentan una declaración conjunta).

La tasa más baja es del 10% para los ingresos de personas solteras con ingresos de $11,000 o menos ($22,000 para parejas casadas que presentan una declaración conjunta).

  • El monto de la exención del impuesto mínimo alternativo para el año tributario 2023 es de $81,300 y comienza a disminuirse gradualmente a $578,150 ($126,500 para las parejas casadas que presentan una declaración conjunta para quienes la exención comienza a disminuir a $1,156,300). El monto de la exención de 2022 fue de $75,900 y comenzó a disminuir a $539,900 ($118,100, para parejas casadas que presentan una declaración conjunta para quienes la exención comenzó a disminuirse gradualmente a $1,079,800).
  • Para el año tributario 2023 el monto máximo del Crédito tributario por ingreso del trabajo es de $7,430 para contribuyentes calificados que tienen tres o más hijos calificados, en comparación con $6,935 para el año tributario 2022. El procedimiento tributario contiene una tabla que proporciona montos máximos de crédito para otras categorías, umbrales de ingresos y disminución gradual.
  • Para el año tributario 2023, el límite mensual para el beneficio complementario de transporte calificado al igual que el límite mensual para estacionamiento calificado aumenta a $300, un aumento de $20 del límite del año 2022.
  • Para los años tributarios que comienzan en 2023, los límites en dólares para las reducciones salariales de los empleados por las contribuciones a los arreglos de gastos flexibles médicos aumentan a $3,050. Para los planes de cafetería que permiten el traspaso de los montos no usados, el monto máximo de traspaso es de $610, un aumento de $40 con respecto a los años tributarios comenzando en 2022.
  • Para el año tributario 2023, los participantes que tienen auto cobertura individual en una cuenta de ahorros médicos, el plan debe tener un deducible anual que no sea inferior a $2,650, un aumento de $200 del año tributario 2022; pero no más de $3,950, un aumento de $250 del año tributario 2022. Para la auto cobertura individual, el monto máximo de gastos de bolsillo es $5,300, $350 más del 2022. Para el año tributario 2023, para los participantes con cobertura familiar, el deducible anual no es menos de $5,300, frente a $4,950 para el  año 2022; sin embargo, el deducible no puede ser más de $7,900, un aumento de $500 del límite para el año tributario 2022. Para la cobertura familiar, el límite de gastos de bolsillo es $9,650 para el año tributario 2023, un aumento de $600 del año tributario 2022.
  • Para el año tributario 2023, la exclusión de ingresos ganados en el extranjero aumentó a $120,000 de $112,000 en el año tributario 2022.
  • Las herencias de los que fallecieron durante el 2023 tienen un monto de exclusión básico de $12,920,000, en comparación con un total de $12,060,000 para las herencias de los fallecidos en el 2022.
  • La exclusión anual para regalos aumenta a $17,000 para el año calendario 2023; frente a los $16,000 del año calendario 2022.
  • El crédito máximo permitido por adopciones para el año tributario 2023 es el monto de los gastos de adopción calificados de hasta $15,950, en comparación con $14,890 para 2022.

Artículos no afectados por el ajuste:

Por ley, algunos artículos que fueron actualizados por la inflación en el pasado no se ajustan actualmente.

  • La exención personal para el año tributario 2023 se mantiene en 0, como lo fue para el año 2022, esta eliminación de la exención personal fue una disposición en la Ley de Empleos y Reducción de Impuestos.
  • Para el 2023, al igual que en 2022, 2021, 2020, 2019 y 2018, no hay límites en las deducciones detalladas, ya que esos límites fueron eliminados por la Ley de Empleos y Reducción de Impuestos.
  • El monto del ingreso bruto ajustado usado por los contribuyentes que presentan una declaración conjunta para determinar la reducción del Crédito de Aprendizaje Perpetuo, provisto en § 25A(d)(2), no se ajusta por inflación para los años tributarios comenzando después del 31 de diciembre de 2020. El Crédito de Aprendizaje Perpetuo se elimina gradualmente para los contribuyentes con un ingreso bruto ajustado mayor a $80,000 ($160,000 para las declaraciones conjuntas).

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