Tesoro, IRS: La asignación básica suplementaria para pagos de vivienda a miembros de las fuerzas armadas no está sujeta a impuestos
El Departamento del Tesoro y el Servicio de Impuestos Internos confirmaron hoy que los pagos complementarios de la asignación básica para vivienda realizados a miembros de los servicios uniformados en diciembre de 2025 no deben incluirse en los ingresos de quienes recibieron los pagos; no están sujetos a impuestos.
En la Ley Única, Grande y Hermosa, promulgada en julio pasado, el Congreso asignó 2.900 millones de dólares para complementar la asignación básica de vivienda que se paga a los miembros de las fuerzas armadas. En diciembre, el presidente Donald J. Trump anunció que 1.450.000 militares recibirían un “Dividendo del Guerrero” especial antes de Navidad.
Los pagos suplementarios únicos resultantes de $1,776 realizados principalmente a miembros en servicio activo de los servicios uniformados en los grados de pago O-6 e inferiores y miembros elegibles del Componente de Reserva al 30 de noviembre de 2025 del Ejército, la Fuerza Aérea, la Armada, el Cuerpo de Marines y la Fuerza Espacial fueron financiados por esta asignación.
La ley tributaria federal excluye específicamente de los ingresos brutos una “prestación militar calificada”. La asignación básica para pagos de vivienda constituye una prestación militar calificada y, por lo tanto, no está sujeta a impuestos.
CORTESIA IRS NEWS
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