IRS prepara aproximadamente 4 millones de reembolsos por pagos en exceso de compensación por desempleo

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IRS prepara aproximadamente 4 millones de reembolsos por pagos en exceso de compensación por desempleo

El Servicio de Impuestos Internos anunció hoy que emitirá otra ronda de reembolsos esta semana a casi 4 millones de contribuyentes que pagaron en exceso sus impuestos de compensación por desempleo recibida el año pasado.

La Ley del Plan de Rescate Estadounidense de 2021, que se convirtió en ley en marzo, excluyó hasta $10,200 de la compensación por desempleo de 2020 de los cálculos de ingresos tributables. La exclusión fue aplicada a individuos y parejas casadas cuyo ingreso bruto ajustado modificado fue inferior a $150,000.

Los reembolsos por depósito directo comenzarán el 14 de julio y los reembolsos por cheque de papel comenzarán el 16 de julio. El IRS emitió previamente los reembolsos relacionados con la exclusión de compensación por desempleo en mayo y junio, y continuará emitiendo reembolsos durante todo el verano.

Para aliviar la carga de los contribuyentes, el IRS ha estado revisando los Formularios 1040 y 1040SR que se presentaron antes de la promulgación de la ley para identificar aquellas personas que necesitan un ajuste. Para los contribuyentes que pagaron en exceso, el IRS reembolsará el pago excesivo, lo aplicará a otros impuestos pendientes u otras deudas federales o estatales.

Para esta ronda, el IRS identificó aproximadamente 4.6 millones de contribuyentes que pueden necesitar un ajuste. De ese número, se espera que aproximadamente 4 millones de contribuyentes reciban un reembolso. El promedio del reembolso es de $1,265, lo que significa que algunos recibirán más y algunos recibirán menos.

La mayoría de los contribuyentes no necesitan tomar ninguna acción y no hay necesidad de llamar al IRS. Sin embargo, si, como resultado de la compensación excluida de desempleo, los contribuyentes ahora son elegibles para deducciones o créditos que no se reclamaron en la declaración de impuestos original, deben presentar un Formulario 1040-X, Declaración Enmendada del Impuesto Estadounidense Sobre los Ingresos Personales.

Los contribuyentes deben presentar una declaración de impuestos enmendada si:

  • no presentaron un Anexo 8812 con la declaración de impuestos original para reclamar el Crédito tributario por hijo adicional y ahora son elegibles para el crédito después de la exclusión de compensación de desempleo;
  • no presentaron un Anexo EIC con la declaración de impuestos original para reclamar el Crédito tributario por ingreso del trabajo (con dependientes calificados) y ahora son elegibles para el crédito después de la exclusión de compensación de desempleo;
  • ahora son elegibles para cualquier otro crédito y/o deducciones que no se mencionan a continuación. Asegúrese de incluir cualquier formulario o anexo requerido.

Los contribuyentes no necesitan presentar una declaración de impuestos enmendada si:

  • ya presentaron una declaración de impuestos y no reclamaron la exclusión de desempleo; el IRS determinará la cantidad tributable correcta de la compensación por desempleo y el impuesto;
  • tienen un ajuste, debido a la exclusión, que resultará en un aumento en los créditos no reembolsables o reembolsables reportados en la declaración de impuestos original;
  • no reclamaron los siguientes créditos en su declaración de impuestos, pero ahora son elegibles cuando se aplica la exclusión de desempleo: el Crédito de recuperación de reembolso, el Crédito tributario por ingreso del trabajo sin dependientes calificados o el Crédito tributario de prima adelantado. El IRS calculará el crédito y lo incluirá en cualquier pago excesivo;
  • presentaron una declaración de impuestos conjunta, vivieron en un estado de propiedad comunitario e ingresaron una cantidad de exclusión más pequeña de la que tenían derecho en el Anexo 1, línea 8.

Los contribuyentes generalmente recibirán cartas del IRS dentro de los 30 días posteriores al ajuste, informándoles el tipo de ajuste que se realizó (como el reembolso, el pago de la deuda del IRS o la compensación de pagos para otras deudas autorizadas) y la cantidad del ajuste.

Para cualquier necesidad o asesoría  contable con su pequeño negocio, llame a uno de nuestros representantes Solasi para poder asistirle por el (305) 223 3288

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