Impuestos sobre los extranjeros residentes de los EE.UU.

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Impuestos sobre los extranjeros residentes de los EE.UU.

Ingresos Tributables

Los ingresos de un extranjero residente de los estados unidos están generalmente sujetos al impuesto de la misma manera como los ingresos de un ciudadano de los estados unidos. Si usted es un extranjero residente de los EE.UU., usted debe declarar en su declaración del impuesto Estadounidense todo interés, dividendo, sueldo u otra remuneración por servicios; además de todo ingreso por propiedad alquilada o regalías, y otras clases de ingresos. Usted debe declarar estas cantidades igualmente si son devengadas dentro o fuera de los Estados Unidos.

Impuesto

Generalmente se les imponen impuestos a los extranjeros residentes de la misma manera como se les imponen a los ciudadanos estadounidenses. Esto significa que los ingresos devengados en cualquier parte del mundo están sujetos al impuesto de los EE.UU, y deben ser declarados en la declaración del impuesto estadounidense. Los ingresos de los extranjeros residentes están sujetos a las tasas graduadas de impuestos que les aplican a los ciudadanos de los estados unidos. Los extranjeros residentes deben usar la Tabla de Impuesto y los Anexos de Tasas de Impuesto que les aplican a los ciudadanos estadounidenses, nuestros representantes Solasi podrán asistirle en su declaración de impuestos marcando al (305) 2233288

Estado civil para propósitos de la declaración de impuestos

Los extranjeros residentes de los estados unidos pueden usar los mismos estados civiles para propósitos de la declaración de impuestos como los ciudadanos del EE.UU. Si han sido extranjeros residentes durante el año entero, pueden reclamar las mismas deducciones permitidas a los ciudadanos estadounidenses. Debe consultar a uno de nuestros representantes Solasi por el (305)223 3288  y sus instrucciones para más información acerca de cómo reclamar las deducciones permitidas.

Cómo reclamar exenciones

Puede reclamar exenciones personales y exenciones para dependientes según las reglas para dependientes que les aplican a los ciudadanos de EE.UU. Usted puede reclamar una exención para su cónyuge en una declaración del Casado que presentar una declaración por separado, si es que su cónyuge no tuvo ningún ingreso bruto para propósitos del impuesto estadounidense y no fue el dependiente de ningún otro contribuyente. Puede reclamar esta exención aunque su cónyuge no fuera extranjero residente durante un ano tributario completo, o si es un extranjero que no ha venido a los Estados Unidos. Puede reclamar una exención para cada persona que reúne los requisitos para ser un dependiente suyo, según las reglas que les aplican a los ciudadanos estadounidenses. El dependiente debe ser ciudadano o es considerado de ser un national de los estados unidos o residente de los Estados Unidos, Canadá o México en alguna parte del año natural en el que su año tributario comienza. Consulte a uno de nuestros representantes Solasi por el (305) 223 3288

PRECAUCIÓN: su cónyuge y cada dependiente deber tener o un Número de Seguro Social o un Número de identificación del contribuyente individual para que pueda reclamar una exención por ellos, o reclamarlos como dependientes.

Deducciones

Los extranjeros residentes de los estados unidos pueden reclamar las mismas deducciones detalladas como los ciudadanos de los Estados Unidos, en el Anexo A del Formulario 1040. Estas deducciones incluyen ciertos gastos médicos y dentales, impuestos estatales y locales sobre los ingresos, impuestos sobre los bienes raíces e intereses que usted pagó sobre una hipoteca de su vivienda, aportaciones caritativas, pérdidas por hecho fortuito y deducciones misceláneas.

Si no detalla las deducciones, puede reclamar la deducción estándar aplicable a su estado civil para propósitos de la declaración. Si desea información adicional, consulte a uno de nuestros representantes Solasi y sus instrucciones.

Créditos tributarios

Los extranjeros residentes de los estados unidos generalmente pueden reclamar los mismos créditos tributarios y declarar los pagos de impuestos, inclusive el impuesto retenido, según las mismas reglas que les aplican a los ciudadanos de los estados unidos. Los siguientes son algunos de los créditos que tal vez tenga derecho de reclamar: el crédito por cuidado de niños y dependientes, el crédito por los ancianos y discapacitados, el crédito tributario por hijos, créditos por educación, crédito por impuesto extranjero, crédito por ingreso del trabajo y crédito por adopción. Si desea información adicional, consulte a uno de nuestros representantes Solasi  y sus instrucciones.

Formularios y sus fechas de vencimiento

Los extranjeros residentes de los EE.UU deben presentar el Formulario 1040EZ, Income Tax Return for Single and Joint Filers With No Dependents (Declaración del impuesto sobre los ingresos para personas solteras y personas que presentan conjuntamente, pero sin dependientes, en inglés), el Formulario 1040A, U.S. Individual Income Tax Return (Declaración del impuesto estadunidense sobre los ingresos personales, en inglés) o el Formulario 1040, U.S. Individual Income Tax Return (Declaración del impuesto estadunidense sobre los ingresos personales, en inglés) a la dirección impresa en las instrucciones de esos formularios. Generalmente la fecha de vencimiento para presentar la declaración y pagar cualquier impuesto que adeude es el 15 de abril del año siguiente al año para el cual presenta la declaración. Se le permite una prórroga automática hasta el 15 de junio si su lugar principal del negocio, y la vivienda en que reside están fuera de los Estados Unidos y Puerto Rico en el 15 de abril. Usted puede conseguir una prórroga adicional, permitiéndole presentar hasta el 15 de octubre, si presenta el Formulario 4868(SP), Solicitud de Prórroga Automática- para Presentar la Declaración de Impuesto sobre el Impuesto Personal de los Estados Unidos, a más tardar el 15 de abril (el 15 de junio si reúne los requisitos para la prórroga hasta el 15 de junio). Pida a uno de nuestros representantes Solasi instrucciones sobre el formulario que presenta para más información. Llame al (395)223 3288 y será atendido de inmediato

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