El Servicio de Impuestos Internos (IRS) otorga alivio de penalización por combustible diésel teñido en Luisiana debido al huracán Ida

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El Servicio de Impuestos Internos (IRS) otorga alivio de penalización por combustible diésel teñido en Luisiana debido al huracán Ida

El Servicio de Impuestos Internos, en respuesta a la escasez de combustible diesel sin teñir causada por el huracán Ida, no impondrá una multa cuando el combustible diesel teñido se venda para su uso o se use en la carretera en varias parroquias del estado de Louisiana.

Las parroquias de Luisiana son: Ascension, Assumption, East Baton Rouge, East Feliciana, Iberia, Iberville, Jefferson, Lafourche, Livingston, Orleans, Plaquemines, Pointe Coupee, St. Bernard, St. Charles, St. Helena, St. James, St. Juan el Bautista, San Martín, Santa María, Santa Tammany, Tangipahoa, Terrebonne, Washington, West Baton Rouge y West Feliciana.

Este alivio es efectivo a partir del 29 de agosto de 2021 y permanecerá vigente hasta el 15 de septiembre de 2021.

Este alivio de penalización está disponible para cualquier persona que venda o use combustible teñido para uso en la carretera. En el caso del operador del vehículo en el que se usa el combustible teñido, el alivio está disponible solo si el operador o la persona que vende el combustible paga el impuesto de 24.4 centavos por galón que normalmente se aplica al combustible diesel para uso en carreteras. El IRS no impondrá sanciones por no realizar depósitos quincenales de este impuesto. La Publicación 510 del IRS, Impuestos al consumo, contiene información sobre el método adecuado para declarar y pagar el impuesto.

Por lo general, el combustible diesel teñido no está sujeto a impuestos, porque se vende para usos exentos de impuestos especiales, como a los agricultores con fines agrícolas, para el uso de calefacción en el hogar y a los gobiernos locales para los autobuses.

Además, esta exención no se aplica a la penalización del Código de Rentas Internas por el uso de combustibles adulterados que no cumplen con las regulaciones de la EPA aplicables. En consecuencia, el combustible diesel con un contenido de azufre superior a 15 partes por millón no puede usarse en vehículos de carretera.

El IRS está monitoreando de cerca la situación y brindará alivio adicional según sea necesario.

Para cualquier necesidad o asesoría  contable con su pequeño negocio, llame a uno de nuestros representantes Solasi para poder asistirle por el (305) 223 3288

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