El IRS revisa el Formulario 1024, utilizado por la mayoría de los tipos de organizaciones para solicitar el estado de exención, para permitir la presentación electrónica

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El IRS revisa el Formulario 1024, utilizado por la mayoría de los tipos de organizaciones para solicitar el estado de exención, para permitir la presentación electrónica

Como parte de los esfuerzos continuos para mejorar el servicio para la comunidad exenta de impuestos, el IRS ha revisado el Formulario 1024, Solicitud de reconocimiento de exención bajo la Sección 501(a) o la Sección 521 del Código de Rentas Internas, para permitir la presentación electrónica. A partir del 3 de enero , 2022, las solicitudes de reconocimiento de exención en el Formulario 1024 deben enviarse electrónicamente en línea en Pay.gov. El IRS proporcionará un período de gracia de 90 días durante el cual continuará aceptando versiones en papel del Formulario 1024 (Rev. 01-2018) y solicitudes de cartas.’La presentación electrónica facilita completar una solicitud para el estado de exención de impuestos al tiempo que reduce errores’, dijo Sunita Lough, Comisionada de la división de Entidades Gubernamentales y Exentas de Impuestos del IRS. ‘La presentación electrónica también acorta el tiempo de procesamiento del IRS, por lo que los solicitantes no tendrán que esperar tanto para obtener una respuesta’. del Código de Rentas Internas. La tarifa de usuario requerida para el Formulario 1024 seguirá siendo de $600 para 2022. Los solicitantes deben pagar la tarifa a través de Pay.gov al enviar el formulario. El pago se puede realizar directamente desde una cuenta bancaria o con tarjeta de crédito o débito. Se alienta a las organizaciones a suscribirse a la Actualización de Organizaciones Exentas, un boletín electrónico gratuito del IRS, para actualizaciones de formularios y otras noticias de organizaciones exentas. Como parte de la revisión, las solicitudes de reconocimiento de exención bajo las Secciones 501(c)(11), (14), (16), (18), (21), (22), (23), (26), (27), (28), ( 29) y 501(d) ya no se pueden enviar como solicitudes de carta. En su lugar, estas solicitudes deben realizarse en el Formulario 1024 electrónico. En consecuencia, las organizaciones que se describen en la Sección 501(c) (que no sean 501(c)(3) y (c)(4)) y 501(d) que soliciten El estado de exención de impuestos ahora debe usar el Formulario 1024 electrónico. UNA. Esos formularios también deben presentarse electrónicamente.

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