El Departamento del Tesoro y el IRS emiten propuestas de reglamentación de la Sección 892 para brindar protección transitoria y alivio a los inversores soberanos.

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El Departamento del Tesoro y el IRS emiten propuestas de reglamentación de la Sección 892 para brindar protección transitoria y alivio a los inversores soberanos.

El Departamento del Tesoro y el Servicio de Impuestos Internos (IRS) publicaron hoy  directrices adicionales sobre las fechas de aplicación de las recientes propuestas de reglamentación en virtud de la Sección 892 del Código de Rentas Internas, que exime a los gobiernos extranjeros, incluidos los fondos soberanos, del pago de impuestos sobre ciertos ingresos derivados de inversiones pasivas en Estados Unidos. Estas directrices adicionales brindan protección transitoria y alivio a los gobiernos extranjeros que invierten en Estados Unidos.

“Las políticas económicas del presidente Trump siguen atrayendo billones de dólares en inversiones a Estados Unidos. El Departamento del Tesoro y el IRS realizaron revisiones exhaustivas de los comentarios de los contribuyentes y las partes interesadas sobre las normas técnicas tributarias estadounidenses propuestas, lo que sirvió de base para la publicación de directrices adicionales que brindan certeza sobre el tratamiento de las inversiones actuales y alivio transitorio a los inversores soberanos”, declaró el secretario del Tesoro, Scott Bessent. “A medida que se sigan elaborando las regulaciones finales, evaluaremos los comentarios para garantizar que fortalezcan la economía estadounidense, respeten las prácticas de mercado establecidas y mantengan un entorno estable para las inversiones actuales y futuras de los fondos soberanos”.

«En respuesta a los comentarios sobre las recientes propuestas de reglamentación, el IRS escuchó las inquietudes de muchos contribuyentes y decidió ofrecer medidas transitorias», declaró Frank J. Bisignano, director ejecutivo del IRS. «Con estos cambios, el IRS busca preservar las prácticas de mercado establecidas, impulsar el crecimiento económico nacional y respaldar la inversión actual y futura de los fondos soberanos en Estados Unidos».

Modificación de la propuesta de reglamento de 2025

El 15 de diciembre de 2025, el Departamento del Tesoro y el IRS emitieron  un proyecto de reglamento en virtud de la Sección 892, que aclara cuándo la adquisición de deuda por parte de un gobierno extranjero constituye una actividad comercial y cuándo un gobierno extranjero tiene el control efectivo de una entidad dedicada a actividades comerciales, en cuyo caso no se aplica la exención.

Tras tener en cuenta los comentarios de las partes interesadas, el Departamento del Tesoro y el IRS presentan hoy un enfoque en dos partes que proporciona tanto protección transitoria como alivio a los inversores soberanos antes de que estas normas propuestas se conviertan en definitivas:

  • Cláusula de derechos adquiridos : propone nuevas fechas de aplicación para garantizar que los intereses gubernamentales extranjeros existentes no estén sujetos a la normativa final.
  • Período de transición : un gobierno extranjero tiene al menos 90 días después de la fecha de publicación o hasta el inicio del primer año fiscal posterior a la fecha de publicación para adoptar la normativa definitiva.

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